Diferencias entre Fiador y Aval, conoce sus características
Diferencias entre Fiador y Aval, conoce sus características
Confundirse ante estos dos términos
resulta común, por ello aquí te explicamos sus características y componentes de
manera sencilla.
¿Qué
es un aval y un fiador?
El fiador es una
persona que responde por otra en el supuesto de que esta no cumpla la
obligación de pago que contrajo. Esta figura presta una fianza en caso de ser
persona moral o física, la cual se transfiere a su obligación, convirtiéndose
en el segundo deudor después del principal. El fiador siempre deberá dejar un
bien inmueble en garantía.
El aval, por su parte, es
aquella persona que garantiza el pago de una obligación en caso de que el
deudor no pueda cumplir con la misma. Esta es la tercera persona involucrada,
ya que es un “obligado solidario” y puede ser demandado
de forma directa por el acreedor.
¿Cuáles son las diferencias entre un fiador y un aval?
Una de las principales diferencias de estas dos figuras radica en que
el aval es una persona que se considera en el derecho
mercantil como lo son títulos de crédito, pagares y letras de cambio,
mientras que el fiador se ve en el derecho civil y
se considera para otro tipo de deudas u obligaciones.
Ejemplo:
Si te piden a un obligado en un contrato de arrendamiento, serás
un fiador.
Si te solicitan garantizar una deuda de un pagaré
serás el avalista.
Recuerda: Un fiador no puede
ser obligado a pagar si el acreedor no demanda previamente al deudor
principal. |
Es indispensable considerar lo siguiente:
- El aval puede
garantizar obligaciones cambiaras a través de letras de cambio en actos
comerciales.
- Las fianzas
se estipulan en contratos en virtud del cual una o más personas responden
a las obligaciones ajenas
- El aval es un
acto mucho más protocolario, mientras que la fianza se estipula a través
de un contrato consensual
¿Cuál es la diferencia entre obligado solidario y fiador?
Un obligado solidario se define como aquella persona física o moral que
tiene la obligación de cumplir con los endeudamientos en un crédito ante su
acreditado en caso de que este no los garantice; sin embargo, este no dejará
ningún inmueble en fianza.
La figura del obligado solidario es muy vista cuando dos o más personas
adquieren un mismo compromiso, así el acreedor podrá reclamar a cualquiera de
ellos.
A diferencia del fiador, el obligado solidario tiene aún más
responsabilidad, ya que es el adquiriente de la deuda junto con su acuerdo de
voluntades.
Ejemplo:
Si una persona compra un auto y estipula que su obligado solidario será
su familiar, ambas personas deberán firmar un contrato de deuda o en su defecto
algún pagaré. A esto se le denomina consentimiento de voluntades.
En el caso de un inmueble, es mucho más conveniente como propietario
solicitar en el contrato de arrendamiento a un obligado solidario, ya que
adquiere mayores compromisos al firmar el contrato.
Importante: El fiador deberá en
cada caso dejar un inmueble en garantía a manera de respaldo, mientras que el
obligado solidario no. |
Responsabilidades del aval y fiador
- La fianza
puede ser legal, judicial, convencional, gratuita o a título oneroso.
- La fianza
puede constituirse no solo en favor del deudor principal, sino en el del
fiador, ya sea que uno u otro, en su respectivo caso, consienta en la
garantía, ya sea que la ignore, ya sea que la contradiga.
- Puede también
prestarse fianza en garantía de deudas futuras, cuyo importe no sea aún
conocido; pero no se podrá reclamar contra el fiador hasta que la deuda
sea líquida
- Puede también
obligarse el fiador a pagar una cantidad en dinero, si el deudor principal
no presta una cosa o un hecho determinado.
- El aval
deberá responder por los pagos sin limitaciones de acuerdo a los términos
de la ley
- El avalista
podrá solicitar una acción de reembolso en contra de la persona a quien ha
respaldado
- El aval no
podrá estar sujeto a condiciones
Si alguien te solicita ser su aval, fiador u obligado
solidario, te recomendamos analizar correctamente cada una de estas
figuras y conocer más de las propuestas a través de un profesional legal.
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